viernes, 25 de mayo de 2012

CUIDADO CON EL MONÓXIDO DE CARBONO

El monóxido de carbono (CO) es un gas venenoso, incoloro, sin sabor ni olor. Se genera como producto de desecho en la combustión incompleta del carbón, madera, aceite y otros productos del petróleo (por ejemplo, gasolina, propano, etc.). Su fuente principal son los motores de combustión interna. El gas CO también se genera en operaciones industriales tales como reparación de automóviles, refinación del petróleo y manufactura de acero y productos químicos.
Al ser un gas asfixiante químico, reduce la habilidad de la sangre de transportar oxígeno. Al principio la inhalación del CO puede ocasionar dolor de cabeza, náusea, mareo, debilidad, respiración rápida, pérdida del conocimiento y en consecuencia la muerte. Altas concentraciones de CO actúan fatal y rápidamente en el organismo, sin presentar síntomas significativos de su presencia.
La exposición leve a este gas puede agravar enfermedades preexistentes del corazón y del sistema circulatorio. Si se sospecha envenenamiento por CO, transporte a la persona de inmediato al aire fresco, alejado de la fuente de emisión. El envenenamiento es reversible si se trata a tiempo.
Peligro inminente:
El gas CO penetra fácilmente. Es muy inflamable. Puede reaccionar fuertemente con el oxígeno, acetileno, cloro, flúor u óxido nitroso.
Los trabajadores con mayor probabilidad de resultar expuestos al monóxido de carbono son los soldadores, mecánicos, bomberos, operadores de motores diesel, conductores de montacargas, recolectores de peaje o trabajadores en túneles, policías, conductores de taxis, trabajadores en recepción y embarque de mercancías y personal de almacenes.
Para reducir las probabilidades de envenenamiento por monóxido de carbono en el sitio de trabajo:
Deben instalarse sistemas de ventilación que lo dispersen con facilidad.
Mantener en correcto funcionamiento los equipos que puedan producirlo.
No usar equipos propulsados por gasolina en zonas cerradas o áreas con mala ventilación.
Imprescindible la instalación de detectores de CO con alarmas audibles. Trate de mantener los detectores al menos cerca de cualquier aparato quemador de combustible, y bastante alejados de lugares con mucha humedad (como baños y cocinas) ya que la humedad suele provocar lecturas incorrectas. Controle las baterías de su detector con frecuencia, para que estén siempre en perfecto funcionamiento.
Informar a los trabajadores sobre las fuentes de emisión de monóxido, los peligros que se corren ante su presencia y los controles que podrían aplicarse para evitar males mayores.
En Estados Unidos, por citar un ejemplo masivo, las fugas de CO son responsables de aproximadamente 500 muertes por año y más de 15,000 visitas a la sala de emergencia. Sin embargo, como la intoxicación por CO suele no informarse, la cantidad de casos es probablemente más alta.
Detalles a tener en cuenta
La afección por monóxido de carbono no suele presentar gravedad si los niveles de su presencia en el organismo no superan al menos un 10 por ciento en el torrente sanguíneo, caso en el cual suele parecerse a un resfriado o gripe ligera. Los síntomas pueden incluir dolor de cabeza, fatiga, una leve confusión, respiración y ritmo cardíaco irregular, náuseas y ataques de tos
Cuando los niveles de CO superan el 20 por ciento, la intoxicación es generalmente fatal.
¿Qué hacer ante la sospecha de la presencia de CO?
Evacúe el lugar inmediatamente.
Llame a los entes encargados de cubrir estas emergencias.

ENFERMEDADES PROFESIONALES


El medio ambiente en las zonas de trabajo tiene un gran número de riesgos de índole química, física, biológica y psicosocial. Hay una serie de normas que nos permiten analizar quiénes deben tomar el control y evaluación de los riesgos profesionales, los cuales se circunscriben o cuyo sentido de pertenencia le corresponde a las disciplinas de medicina e higiene ocupacional controladas por entes gubernamentales.
La higiene ocupacional es una disciplina que se encarga de analizar, medir y controlar los riesgos existentes respecto al trabajador, ya sea por alteraciones de salud del mismo o por circunstancias puntuales atribuidas al entorno laboral que, en este último caso, puedan ocasionar daño a su salud.
Pero si bien es cierto que estas disciplinas se encargan de ejercer la acción preventiva sobre el ambiente de trabajo y el hombre, convergen en un denominador común que se denomina globalmente salud ocupacional.
Para ejercer esta acción preventiva y controladora se necesita la concurrencia del análisis de estudios, opiniones y controles de un equipo profesional multidisciplinario como lo es el formado por médicos, ingenieros, psicólogos, analistas y relacionistas industriales.
No es menos cierto que la intervención médica en forma oportuna, para que practiquen los ingresos periódicos para descubrirlas y tratarlas de inmediato. El reconocimiento médico tiene como fin asegurarse de que el trabajador esté apto para el empleo, esto le permite perdurar con eficiencia en la vida laboral.
Las funciones de este tipo multidisciplinario son:
Detección y evaluación de riesgos profesionales.
Control de riesgos en áreas de trabajo y zonas vecinas.
Saneamiento del medio y control higiénico de alimentos y bebidas.
Prevención de enfermedades y controles médicos a trabajadores.
Análisis y control de los factores psico-económicos-sociales del trabajador.
Mejoramiento de las condiciones de seguridad.

Necesidad de la participación de los trabajadores.
El objeto es lograr que los trabajadores tomen conciencia y puedan participar activamente en los programas de asistencia médica destinados a protegerlos. Con esta participación activa de los trabajadores no solo se logra la eficacia sino el bajo costo de la atención a la salud.
Entonces nos preguntamos: ¿cómo se logra la participación de los trabajadores en los programas de asistencia médica? Es fácil: a través de la capacitación, orientación y consejos en materia de higiene de seguridad, ya que la educación sanitaria que reciban van a estimularlos en la adopción de hábitos y a mantenerlos, así como usar los equipos en forma adecuada y tomar sus propias decisiones; que se reciba tanto individual como colectiva para mantener la salud y mejorar los aspectos de las condiciones del medio ambiente de trabajo.
¿Cuál sería la diferencia fundamental entre la enfermedad profesional y la enfermedad del trabajo?
La importancia radica en que cuando se trata de enfermedad profesional trae consigo derechos y beneficios para la víctima, así como responsabilidades éticas y legales para el médico tratante como para el empleador.
Importancia de las enfermedades profesionales
Desde la óptica de los empresarios, si no existieran las leyes respectivas sobre el caso, muchos de ellos serían ajenos al concepto de las diversas enfermedades profesionales. Consideran que con la paga de los salarios que los trabajadores perciben ya se soluciona el problema, puesto que estos deberían asumir sus compromisos en cuanto a la salud. Por otro lado, cuando tenemos a un trabajador en condiciones no operativas, el factor de despido existe, pues esto afecta de manera directa su actividad productiva frente al empresario.
A fin de evitar las enfermedades profesionales se deben tomar las medidas de prevención, pues consideramos que la mejor forma de evitarlas, conociendo de antemano cuáles son las posibilidades de que los empleados puedan ser afectados por condiciones físicas, químicas o biológicas a las que están expuestos durante sus actividades.

Las enfermedades profesionales suelen ser agudas y progresivas.
Las enfermedades agudas son aquellos estados patológicos transitorios ocasionados por un riesgo ocupacional en un ambiente de trabajo determinado, situación que puede volver a la normalidad en un tiempo corto.
Las enfermedades profesionales progresivas son los estados patológicos producidos por los riesgos ocupacionales de mayor envergadura en las áreas de actividad laboral, que duran más de lo esperado y pudieran convertirse en incapacitantes hasta alcanzar un estado crónico y deja secuelas graves o producir la muerte.
Accidente de trabajo.
Se entiende por accidentes de trabajo las lesiones corporales funcionales, permanentes o temporales, resultantes de la acción violenta de una causa imprevista que pueda sobrevenir en ocasión del trabajo que se realiza. Será igualmente considerado como accidente de trabajo toda lesión interna ocasionada por un esfuerzo violento del trabajador en el momento de una actividad específica.

Características:
Afección corporal que produzca lesiones funcionales.
Que den origen a una incapacidad. Actualmente debe ser decretado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a través de una junta médica.
Que dicha lesión resulte de la acción violenta específica y ocurrida en el curso del trabajo.
Fundamentos del derecho laboral
Estos están estipulados en el artículo 561 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 32 de la Ley de Prevención y Condición del Medio Ambiente de Trabajo.

Diferencias entre enfermedad y accidente laboral:
Accidente: Todas las lesiones funcionales o corporales durante el trabajo, que sean producto de condiciones violentas e inesperadas y en las que intervengan factores como maquinarias, lugar inapropiado, explosiones, desprendimientos, etc.
Enfermedad: Estado patológico contraído lenta o progresivamente por situaciones laborales en las que no se tomó en cuenta la protección del trabajador en cuanto a la incidencia de elementos contaminantes. Se origina por la acción de agentes físicos, químicos o biológicos, o por condiciones meteorológicas (exposición excesiva al sol o a la lluvia).
Semejanzas entre enfermedades y accidentes.
Ambos infortunios deben ser causados durante el trabajo.
La detección de la anomalía, desde el punto de vista legal, debe ser notificada  al patrono en un lapso de 48 horas. Si el afectado o la afectada no está en estado de hacer tal notificación en el período estipulado, el patrono quedaría exento de responsabilidad en cuanto a las consecuencias de la falta de asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica.
En el caso de indemnización, se le calculará teniendo en cuenta la clase, el grado y la duración que habría tenido la incapacidad si no se hubiere prestado la asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica en el momento correspondiente.
En ambos casos el patrono debe notificar a la Inspectoría del Trabajo dentro de los cuatro días continuos de ocurrido el accidente o de diagnosticada la enfermedad.

Consecuencia de los accidentes laborales que dan derecho a una indemnización:
Conforme a la Ley Orgánica del Trabajo se deben indemnizar aquellas que produzcan las siguientes incapacidades condiciones:
Muerte.
Incapacidad absoluta y permanente.
Incapacidad absoluta y temporal,
Incapacidad parcial y permanente.
Incapacidad parcial y temporal.
No se consideran como incapacidades los defectos físicos provenientes de enfermedades preexistentes o accidentes profesionales leves que no inhabiliten al trabajador para ejecutar con la misma eficacia similar clase de actividad.

GANDOLEROS EXPLOTADOS


¿Sabía usted que, con frecuencia, en las carreteras del país mueren uno o dos conductores de gandola? Esta es la trágica estadística que vemos en los diarios. Generalmente se atribuyen las causas a excesos de velocidad, posible impericia del conductor o mal estado de las vías. Sin embargo en muchos casos subyace una causa contundente como lo es el exceso de trabajo, producto de las rígidas exigencias de los dueños de las compañías transportistas. El problema es más viejo de lo que se supone, pues las historias trágicas de gandoleros que pierden la vida o quedan discapacitados se repiten cada año.
A juicio de los choferes Jorge Iturbide y Ramón Ruíz, los conductores de vehículos de carga pesada que atraviesan el país están agobiados por el estrés laboral al que son sometidos por las empresas para quienes laboran. Mientras tanto, el Ministerio del Trabajo hace poco al respecto.
“Este sector atraviesa un grave problema desde hace muchos años, y hemos agotado todas las instancias para que nuestros problemas sean resueltos y evitar llegar al conflicto que paralizaría la distribución de insumos y materiales en todo el país”, confiesan impotentes.
¿Lo último? Descubrieron una red de corrupción en la Inspectoría del Trabajo en Puerto Ordaz. “Funcionarios que realizan inspecciones en las empresas que nos contratan se prestan para falsear la información que suministramos y hasta nos delatan por denunciar las pésimas condiciones en las que trabajamos”.
Al parecer, recientemente solicitaron ante la dependencia del Min-Trabajo en Bolívar la supervisión de todas las empresas contratistas de transporte de carga pesada. “Pero nos encontramos con que estos inspectores llenan a conveniencia los formularios, dejando desasistido a los choferes de gandolas, quienes somos explotados”.
Iturbide y Ruiz afirman que los conductores de transporte pesado de todo el país trabajan en condiciones infrahumanas, específicamente en el tiempo que dedican y las condiciones de los lugares donde pernoctan o realizan paradas para asearse, comer y recargar.
En la actualidad hay 32 mil gandoleros en Venezuela. Bolívar cuenta con 5.500, 95% de los cuales son asalariados. “Sólo 5% es propietario de vehículos. Por ello, insistimos en el llamado a considerar que somos trabajadores como todos, y merecemos un trato digno y respetuoso, además de estar amparados en las leyes del Trabajo y Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOT y Lopcymat)”.
Recuerdan que después del accidente de la gandola con gas cloro en Clarines, hace varios años, la ministra María Cristina Iglesias ordenó instalar mesas de trabajo en todo el país para desarrollar las normas que protegieran a estos trabajadores y así contribuir en la seguridad en las carreteras.
“El trabajo extremo, conducir por 12 horas o más, es peligroso para todos, no sólo para los gandoleros”, agregan. “Pero no ha habido voluntad política para que estos se corrija, que gocemos de nuestros derechos como lo dice la Constitución en su artículo 90, sobre las 44 horas de trabajo semanales”.
Reiteraron que han evitado a toda costa el conflicto, pues de paralizarse el transporte a través de gandolas, el país colapsaría. “Hacemos un llamado a la coordinadora del ministerio en Bolívar, la señora Espín, y al señor Tancredo, de Impsasel, para que acaben con la corrupción de funcionarios que se prestan para que las empresas que nos contratan sigan explotándonos”.
En Guayana
Sidor tiene a su disposición 1.800 gandoleros que carecen de contrato colectivo, y es la empresa que mayor demanda tiene de transporte, a escala nacional. “Ahí se carga las 24 horas del día”, detallan.
Por esto solicitan se reestablezca el patio del plan IV de Sidor donde otrora disfrutaban de un lugar cómodo y ajustado a las condiciones de trabajo que desempeñan.
“Ahí teníamos comedor, lugares para dormir el tiempo necesario y recobrar fuerzas; sitios limpios. En fin, teníamos atención las 24 horas del día”. Cuentan que desde hace mucho tiempo, los gandoleros que vienen al estado Bolívar deben comer en lugares llenos de basura, dormir a la intemperie, sin seguridad, sin tener donde asearse.
“Solicitamos que, definitivamente, dejemos de ser tercerizados en este sector y que nuestros derechos sean respaldados por las leyes”.

miércoles, 2 de noviembre de 2011

EL EMBARAZO EN EL TRABAJO

La trabajadora embarazada debe saber disfrutar lo mejor de su condición. No hay por qué ver el trabajo durante el embarazo como una súper odisea. Tampoco es fácil, pero pondrá a prueba sus habilidades de organización y disciplina para cumplir con sus labores y los cuidados de la gestación.

Debe tener en mente que al momento de plantear su condición a su jefe inmediato, no solo debe considerar sus necesidades, sino también las de la empresa. Si es una trabajadora especializada tienes mayores posibilidades de lograr un mejor acuerdo que cuando hay otras personas sin carga familiar que pueden hacer su mismo trabajo.

Los llantos, el insomnio obligado y la responsabilidad de continuar con los quehaceres cotidianos se perfilan como la cara menos amable de la maternidad. Esta tensión la padecen muchas trabajadoras incluso desde las primeras semanas de su embarazo porque sienten cómo su salud empeora por las particularidades de sus cometidos laborales. No obstante, hay que advertir que embarazo y trabajo no son, por regla general, incompatibles. La única limitación deberían ser los factores de riesgo físico o psicológico tanto para sí como para el futuro bebé, así como la desmedida presión laboral que aún padecen muchas madres o gestantes. Si no se toman medidas ante estas situaciones, la suma de los factores puede desencadenar cuadros patológicos difíciles de contrarrestar.

La Ley ampara a la mujer embarazada en el ámbito laboral y tanto médicos como psicólogos insisten en la bondad de compatibilizar el tiempo de gestación con el trabajo. Muchos son los estudios que constatan que continuar con la rutina laboral contribuye a mantener tanto la forma física como la psicológica, pues ayuda a enfrentarse mejor al embarazo y a no estar pendiente en exclusiva de él. Además de mantener durante este tiempo un aporte económico regular, el trabajo supone una oportunidad para que la mujer se mantenga activa.

Riesgos en el trabajo

El desempeño de tareas físicas, los largos periodos de pie, los horarios rotatorios o nocturnos, los elevados niveles de estrés o exposición a sustancias potencialmente tóxicas pueden constituir factores de riesgo notables ante los que es necesario reaccionar si se perciben molestias o peligros importantes. El médico confirmará o descartará la influencia de esos riesgos.

En las últimas doce semanas de embarazo se aconseja interrumpir la actividad profesional. A menudo, en el último trimestre el esfuerzo se hace insostenible, incluso para las que desempeñan su trabajo en puestos de esfuerzo físico reducido. Lo habitual es que no tengan la misma capacidad de soportar largas jornadas laborales, bien sea por el grado de fatiga física, bien sea por fatiga emocional.

Algunos riesgos son evidentes, pero muchos suelen pasar desapercibidos, por lo tanto conviene que la trabajadora se informe en función de su puesto de trabajo. He aquí los riesgos más importantes:

FÍSICOS: Vibraciones, ciertos movimientos, posturas y desplazamientos, el manejo manual de cargas, el ruido, las radiaciones ionizantes y las no ionizantes, el frío y el calor extremos, la fatiga mental y la fatiga física. Odontólogas y trabajadoras del sector industrial son los puestos que mejor ilustran este tipo de riesgos.

BIOLÓGICOS: Destaca el riesgo de infección por virus de la hepatitis B, citomegalovirus, rubéola, toxoplasmosis, herpes y sífilis. Las profesionales del sector sanitario y veterinario, o mujeres que se dedican al cuidado de niños están muy expuestas.

QUÍMICOS: Fármacos para el tratamiento del cáncer y sustancias como el arsénico, el benceno, carbarilo, mercurio orgánico, dietilestilbestrol, gases anestésicos, hidrocarburos clorados, monóxido de carbono, plaguicidas organofosforados, sulfóxido de dimetilo, así como diversos disolventes, barnices, pinturas, metales y otros tóxicos están recogidos en la bibliografía médica como sustancias de alto riesgo para la embarazada. En las ocupaciones agrícolas, profesiones sanitarias y artesanales es donde se acumula mayor riesgo.

AMBIENTALES: Afecta a quienes trabajan en horarios nocturnos o rotatorios. En estos casos, y siempre que sea posible, se trasladará a la embarazada al turno de día.

PSICOSOCIALES: Entre estos riesgos destaca el trabajar con mucho estrés laboral y durante largas horas o en soledad.

ERGONÓMICOS: Trabajar siempre de pie, siempre sentada o en posturas forzadas.

Consecuencias

El riesgo de aborto espontáneo, de parto pre término (antes del fin del tiempo de gestación), de neonatos con malformaciones (labio leporino, paladar hendido o defectos del tubo neural), bajo peso o, incluso, muerte fetal, son algunos de los peligros que pueden suponer no asumir ni actuar frente a los riesgos descritos. Asimismo, la deficiente protección de la mujer embarazada en el trabajo no sólo puede acarrear estas consecuencias inmediatas, sino que también comprende un impacto más allá del periodo perinatal.

¿A quién se puede consultar?

Cualquier embarazada que sospeche que su situación laboral es perjudicial para su salud o la del feto debe consultar a su médico, quien determinará si precisa una suspensión laboral temporal.

Consejos a seguir:

Evitar esfuerzos, movimientos repetitivos o bruscos y levantar pesos.

Si trabaja sentada, es necesario levantarse y caminar cada cierto tiempo para activar la circulación.

Si trabaja de pie, hay que sentarse de vez en cuando para disminuir el grado de fatiga y caminar para que no se carguen las piernas.

Beber agua y tomar suplementos nutritivos siempre que sea posible.

No saltarse comidas por trabajo.

Pedir ayudas ergonómicas, como un alzapiés, una silla, etc., que ayuden a sobrellevar mejor posturas estáticas y movimientos repetitivos.

Evitar horarios nocturnos y extensos, y las horas extras.

Delegar, siempre que sea posible, las tareas estresantes.

Informar a la empresa acerca de la necesidad de mantener los controles ginecológicos.

Concederse tiempo para hacer estiramientos, ejercicios de relajación y de respiración.

EXCESO EN LAS HORAS DE TRABAJO

La cantidad de horas de trabajo a que está expuesto un trabajador puede ser un factor fundamental que merme o resulte en malos resultados en su desempeño. En general, es naturalizado trabajar en horas excesivas ya que se realiza con el fin de obtener más ingresos.

En labores que implican gran responsabilidad y riesgo este es uno de los problemas que suele estar presente. Las compañías que no respetan el descanso de sus trabajadores, aprovechando que éstos requieren más dinero, son las principales responsables por esta situación. ¿Cómo evitarlo? Remunerando adecuadamente a los empleados para que no sea necesario realizar tantas horas, sin embargo esta condición es difícil de ver en Venezuela puesto que los patronos no están dispuestos a pagar más allá de lo que consideran justo.

Desde hace tiempo se viene hablando de los daños para la salud originados por las largas jornadas de trabajo, cosa que en nuestro país es recurrente. Una creciente evidencia sugiere que este exceso está asociado con resultados adversos como la hipertensión, problemas para dormir y depresión.

Investigadores publicaron recientemente un trabajo en la Revista Europea de Cardiología, en que examinan la asociación entre las horas de trabajo de más de 6.000 funcionarios públicos y la incidencia de enfermedad coronaria, entre los empleados de mediana edad, lográndose determinar que trabajar tiempo extra (un promedio de 3-4 horas al día) se asoció a un 60% más de riesgo de enfermedad coronaria en comparación con la incidencia en los empleados que no trabajaban tiempo extraordinario, independientemente de los factores de riesgo cardiovasculares convencionales.

En el caso de los médicos en formación, existen muchas consecuencias lesivas vinculadas a las horas excesivas de trabajo, las cuales pueden ser divididas en consecuencias a corto y largo plazo. A corto plazo dichas horas de trabajo conllevan a privación de sueño, también asociada con la fatiga, que atenta contra la seguridad de los pacientes. La falta de sueño causa impedimentos neurocomportamentales como la disminución de la atención y la vigilancia, así como la inhabilidad de reconocer el grado propio de impedimento en el desempeño.

Luego de un turno nocturno los “niveles de fatiga relativamente moderados (luego de 17 horas de estado de vigilia) impiden el desempeño a un grado equivalente o mayor que el aceptado en los países occidentales industrializados para la intoxicación por alcohol”. Las fallas en atención asociadas con la falta de sueño pueden ocurrir durante el trabajo directo con los pacientes. Dichas fallas se relacionan con la inhibición de procesos cognitivos tales como la memoria y la intuición Los turnos de trabajo extensos realizados por los internos y residentes también se relacionan con un alto riesgo de accidentes automovilísticos.

Qué dicen las leyes

La extensión de la jornada de trabajo se encuentra contemplada en el artículo 90 de la Constitución Nacional, el cual además establece que “ningún patrono o patrona podrá obligar a los trabajadores o trabajadoras a laborar horas extraordinarias”.

En el Reglamento de la LOT, en su artículo 87, se contempla cuáles son las circunstancias en las que debe fundamentarse la prestación de servicios en horas extraordinarias y qué información debe contener la solicitud de autorización.

Así pues, ningún trabajador podrá laborar más de diez 10 horas adicionales semanalmente, ni más de cien 100 por año y la duración efectiva del trabajo, incluyendo las horas adicionales, no podrá superar las 10 horas diarias, a excepción de lo estipulado en el capítulo II del Título IV de la LOT y serán canceladas con un incremento de por lo menos 50%, sobre el salario estipulado para la jornada ordinaria.

Cuando un patrono requiera que sus empleados laboren horas extras o extraordinarias, deberá elaborar una solicitud dirigida al Inspector del Trabajo de la jurisdicción donde se encuentre ubicada la empresa o negocio.

La autorización deberá contener, la naturaleza del servicio que será prestado en esas horas adicionales, se deberá identificar al o los trabajadores implicados y el cargo ocupado, el número de horas de trabajo adicionales estimadas como necesarias, ocasión en que se ha de prestar los servicios en horas extraordinarias, las circunstancias que justifican el trabajo en horas extraordinarias; y el salario adicional que corresponde a los trabajadores o trabajadoras que han prestado sus servicios en horas adicionales, cuando supere el monto acordado legalmente.

El Inspector o Inspectora del Trabajo decidirá dentro de los 5 días laborables próximos, en caso de silencio se tendrá en cuenta como autorizada la solicitud, pudiendo ser anulada a través de providencia administrativa debidamente motivada.

En caso inesperado y urgente que sea debidamente demostrado, se podrá trabajar horas adicionales sin el permiso por adelantado de la Inspectoría del Trabajo, siempre que sea notificado en el día hábil próximo y se comprueben las causas que lo originaron.

Aquellas labores en las cuales las condiciones sean inseguras o perjudiciales no serán susceptibles de extensión de la jornada de trabajo, a excepción de casos de accidente ocurrido o próximo o en caso de trabajos urgentes que deban realizarse en las máquinas o instalaciones, o en otros casos semejantes de fuerza mayor, pero sólo en la medida en que sean necesarias.

El patrono podrá solicitar a los trabajadores para recuperar las horas de trabajo perdidas a causa de interrupciones colectivas del trabajo por motivos accidentales y casos de fuerza mayor; y condiciones atmosféricas, las mismas no podrán exceder de 20 días cada año y de 1 hora diaria para cada trabajador, y serán efectuadas dentro de un plazo razonable; percibiendo la remuneración ordinaria correspondiente.

Los trabajadores a domicilio y los deportistas profesionales, dada la naturaleza especial de sus labores, no les serán aplicables las normas sobre horas extras establecidas en la LOT.

Es importante acotar que en la Gaceta Oficial Nº 38.788 de fecha 11/10/2007 se publicó la Resolución Nº 5.495, en la cual se prohíbe, sobrepasar los límites establecidos en la legislación vigente en relación a las horas de sobretiempo o adicionales, en el sentido de que las mismas no podrán ser autorizadas por las Inspectorías del Trabajo, sin la previa autorización del Ministro del Poder Popular del Trabajo y Seguridad Social, caso contrario se incurriría en faltas graves a sus funciones y por consiguiente a la aplicación de las sanciones establecidas en la LOT y su Reglamento.

Los empleadores deberán obligatoriamente llevar un libro de registro donde asentarán las horas adicionales utilizadas en su empresa, establecimiento, explotación o faena; los trabajos realizados en ese tiempo; y la identificación de los trabajadores con el respectivo pago especial realizado a cada trabajador.

EL TRABAJO POR TURNOS

A menudo, los trabajadores por turnos y los nocturnos están cansados por causa de su calendario de actividad. Es difícil concentrarse cuando una persona está demasiado cansada y eso aumenta la posibilidad de errores o accidentes. Esta situación podría constituir un riesgo para el trabajador y el público. El estrés del trabajo por turnos también puede agravar las afecciones de salud, como las enfermedades del corazón o las afecciones digestivas.
¿Cómo ocurren estos peligros?
Es difícil dormir lo suficiente cuando una persona trabaja de noche. El sueño del trabajador nocturno es usualmente más corto y menos satisfactorio que el de quien duerme durante horas normales de la noche. Las funciones del cerebro y del cuerpo se hacen más lentas en la noche y en la madrugada. La pérdida de sueño en combinación con el trabajo cuando el cuerpo está en ese punto bajo puede causar fatiga excesiva y somnolencia. Es más difícil hacer bien el trabajo, lo que aumenta el riesgo de accidentes. También el trabajo por turnos puede causar estrés debido al cambio frecuente de calendario, cuando se pasa a laborar de día y luego de noche. La separación de la familia y de los amigos también puede causar estrés. Estos factores suelen perjudicar la salud.
¿Cómo pueden evitarse estos peligros?
Muchos no pueden evitar el trabajo por turnos de noche o de rotación. Los enfoques para las organizaciones o los grupos incluyen cambios en el calendario de trabajo y en la repartición del mismo, mejoramiento del ambiente y establecimiento de programas para crear conciencia sobre este tema entre los empleados. Los enfoques individuales incluyen estrategias mejoradas para dormir, programas de ejercicio y técnicas para relajarse.
El trabajo por turnos supone estar en actividad fuera de las horas normales del día, es decir el período durante el cual muchas personas trabajan de 7 u 8 horas. Los trabajadores por turnos pueden trabajar por la tarde, en la mitad de la noche, horas extras o días muy largos. También pueden laborar algunas veces en horario normal.
Muchos trabajadores por turnos tienen jornadas que rotan, lo que supone cambios de las horas de trabajo de la mañana a la tarde o del día a la noche. Estos cambios podrían ocurrir en días diferentes de una semana o de un mes. Los policías y los bomberos, por ejemplo, a menudo tienen horarios que rotan. Otros trabajadores pueden trabajar un turno "permanente" y trabajar solamente por la noche o por la tarde. Los mesoneros, por ejemplo, podrían trabajar sólo el turno entre finales de la tarde y parte de la noche, otros solamente al mediodía, dependiendo de las normas de los sitios donde laboren.
En casi cualquier ocupación o industria existe la imperiosa necesidad de trabajar por turnos. Una revisión rápida de las listas de estadísticas muestra que aproximadamente entre el 2 y el 10 por ciento de los empleados de casi cualquier ocupación tienen actividad en los turnos de la tarde, de la noche o tienen rotaciones. Entre los policías, los bomberos y los médicos esto se presenta más a menudo. Más de la mitad de ellos trabajan por la tarde y por la noche y aproximadamente un cuarto de ellos cambian de turno periódicamente. Muchos operarios del transporte y de empresas de servicio público (aproximadamente un quinto de ellos) también trabajan por turnos. Los camioneros que cubren largas distancias recorren a menudo más kilómetros por la tarde o por la noche.
Algunas personas no prefieren la faena diurna, y la mayoría no tiene predilección por los turnos. Los motivos de los que escogen la jornada por turnos incluyen un mejor salario, más tiempo libre durante el día para cuidar a los niños, más horas para la recreación y más tiempo para estudiar. Algunos optan por el turno nocturno porque es más tranquilo y porque hay menos supervisores. Sin embargo, usualmente dicen que no escogieron los turnos, sino que lo hacen porque la actividad lo requiere o porque no hay ninguna otra cosa disponible.
¿Por qué causan inconvenientes estos turnos en muchas personas? Por razones lógicas, quienes cumplen compromisos laborales cuando el resto de los mortales está durmiendo a menudo sufren ataques recurrentes de sueño, teniendo que optar por el consumo de café para mantener la vigilia. Y en el día, cuando supuestamente deberían sentirse descansados como para dormir a cabalidad sienten que algo les indica que van por el camino equivocado; esto ocurre porque el ritmo circadiano del cuerpo les señala la necesidad de dormir en las horas correctas. En otras palabras, el trabajador nocturno tiene que dormir de día cuando su ritmo circadiano le dice que debe estar despierto, en consecuencia el sueño de día se acorta y parece "ligero" o no satisfactorio.